Semanario Judicial de la Federación

Semanario Judicial de la Federación

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Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, que entró en vigor el día 3 siguiente, se expidió la Ley de Amparo, en cuyo artículo 220 se prevé que en el Semanario Judicial de la Federación se publicarán las tesis que se reciban y se distribuirá en forma eficiente para facilitar su conocimiento. Asimismo, por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 7 de junio de 2021, que entró en vigor el día 8 siguiente, dicho artículo fue reformado en su segundo párrafo para prever que también se publicarán las resoluciones necesarias para constituir o interrumpir la jurisprudencia y los votos particulares, así como las resoluciones que los órganos jurisdiccionales competentes estimen pertinentes.

 

Por su parte, en el Acuerdo General Número 1/2021, aprobado por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 8 de abril de 2021, por el que se determina el inicio de la Undécima Época, se estableció que el Semanario Judicial de la Federación es un sistema digital de compilación, sistematización y difusión de los criterios obligatorios y relevantes emitidos por los órganos competentes del Poder Judicial de la Federación, a través de la publicación semanal de tesis jurisprudenciales, tesis aisladas y sentencias correspondientes, y que la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación se publicará mensualmente, de manera electrónica y contendrá además la normativa, acuerdos y demás información que se ordene publicar. 

 

La Gaceta del Semanario Judicial de la Federación se integra por nueve partes, con diversas secciones y subsecciones, que contienen, por regla general, las sentencias que integren jurisprudencia por precedentes obligatorios y las tesis respectivas; la parte considerativa de las sentencias que integren jurisprudencia por reiteración y las tesis respectivas; las que resuelvan una contradicción de criterios, las que interrumpan jurisprudencia; el texto íntegro de los precedentes dictados en controversias constitucionales, en acciones de inconstitucionalidad y en declaratorias generales de inconstitucionalidad; los votos correspondientes; la normativa, los diversos acuerdos y demás documentos emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por el Consejo de la Judicatura Federal, y cualquier otro precedente o tesis relevante, que aun sin integrar jurisprudencia, su publicación se ordene por el Pleno o por alguna de las Salas de este Alto Tribunal, por un Pleno de Circuito o por un Tribunal Colegiado de Circuito.

 

Cada tesis, sentencia, voto, acuerdo o normativa publicado en la Gaceta contiene una nota en la que se indican la fecha y hora de ingreso al Semanario.

 

Con la publicación de esta Gaceta se da cumplimiento, además, al artículo 73, fracción I, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, vigente.

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