El Congreso del Estado de México aprobó la propuesta de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para cambiar la definición del delito de acoso sexual y castigar con hasta 12 años de prisión si la acción se repite o si se aprovecha de situaciones que pongan a la víctima en desventaja, indefensión o en peligro inmediato.
Además, se impusieron penas de hasta seis años de prisión para los funcionarios públicos que sean parte de las fuerzas policiales o instituciones de justicia que se nieguen a aceptar la denuncia de la persona afectada, o que intenten disuadir o asustar a la víctima para que no la presente, siempre que esté dentro de sus competencias.
La ley vigente estipula que esta acción solo puede considerarse un delito si se repite, lo que implica que el acto tiene que ocurrir más de una vez para ser sancionado, causando revictimización a las personas afectadas.

Con el fin de ofrecer la mayor protección a las personas y eliminar cualquier tipo de violencia, la LXII Legislatura del Estado de México dio su respaldo a la propuesta de la gobernadora Delfina Gómez Álvarez para modificar la definición del delito de acoso sexual y establecer castigos de hasta 12 años de cárcel cuando la acción se realice repetidamente o se aproveche de situaciones que perjudican, indefensan o ponen en riesgo inmediato a la víctima.
La propuesta para cambiar el Código Penal estatal, presentada en sesión por la diputada Leticia Mejía García (PRI), indica que se comete el delito de acoso sexual si se lleva a cabo una acción de carácter sexual no consentida hacia cualquier persona que dañe su dignidad o sea no deseada, así como si se realiza una acción de naturaleza sexual sin consentimiento en lugares públicos o medios de transporte público.
En estos casos, el marco legal actual establece penas que varían de uno a cuatro años de prisión y multas que oscilan entre 100 y 300 días. Sin embargo, señala que si la víctima es menor de edad o no tiene la capacidad para entender o resistir el acto, la pena se incrementará en un tercio, alcanzando hasta cinco años con cuatro meses de prisión y 400 días de multa como máximo.
Además, si la persona que comete el delito es un funcionario público, además de las penas que se indiquen, se le impedirá ejercer cargos en el servicio público por un período de uno a tres años.
Finalmente, la reforma promovida por la gobernadora considera como un agravante el hecho de que la acción se realice de forma reiterada o aprovechándose de situaciones que hagan vulnerable a la víctima, lo que conllevará a un aumento de la pena en una mitad, es decir, hasta ocho años.
Además de las penas mencionadas, el Código Penal indica que, si una persona que trabaja en educación pública o en una institución educativa privada usa su posición para esto, la sanción aumentará en la mitad (12 años), será removida de su cargo y no podrá ocupar funciones en el servicio público durante uno a diez años.

Es importante señalar que, bajo la ley actual, este delito solo se considera si la conducta se repite, es decir, requiere que el acto ocurra varias veces para ser penalizado. Esta condición lleva a que la persona afectada tenga que vivir nuevamente la agresión para que se pueda iniciar un proceso penal.
«Esta regla crea un alto nivel de prueba dificultando la protección efectiva para víctimas que han sufrido un solo evento dañino, pero igualmente grave, de tipo sexual», menciona el documento.
La reforma aprobada quita el requisito de que el acoso sexual deba ser «reiterado» para ser considerado un delito; así, una sola acción será suficiente para ser sancionada, eliminando la revictimización y mejorando el acceso a la justicia para quienes han sido afectados.
También se establece que cualquier funcionario público en áreas policiales o de justicia que se niegue a aceptar la denuncia de una víctima, a pesar de que sea de su responsabilidad, o que la intente disuadir o intimidar para que no la presente, enfrentará de dos a seis años de cárcel y será multado entre 200 y 500 días. Además, se le destituirá e inhabilitará por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta, para trabajar en el sector público.
Por último, se indica que en la interpretación y creación de este delito, se debe considerar la perspectiva de género y las situaciones de vulnerabilidad de la víctima.
Respecto a esta reforma, la diputada Paola Jiménez Hernández (morena) subrayó la relevancia de eliminar la necesidad de que haya actos repetidos para sancionar este delito y la inclusión de medidas para castigar a los funcionarios que no ofrezcan la atención adecuada a las víctimas. También reconoció las políticas públicas implementadas en este ámbito por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y la gobernadora, destacando su compromiso con erradicar la violencia de género.
La congresista Zaira Cedillo Silva (morena) reconoció los esfuerzos realizados a nivel federal y estatal para combatir el acoso, pero mencionó que todavía hay mucho por hacer en la lucha contra este problema que afecta a las mujeres. En este contexto, destacó que tres de cada cuatro mujeres han vivido algún episodio de acoso en su vida.
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